Por: Revista DGEPE. 11/02/2025
Las escuelas particulares que cuenten con Acuerdo de Autorización para impartir educación primaria, expedido por la Subsecretaría de Educación Básica de la Secretaría de Educación de Veracruz, se constituyen como prestadores de un servicio público, en los términos dispuestos por el artículo 3º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Educación y demás disposiciones jurídicas aplicables.
Los Titulares o Representantes Legales de las escuelas particulares en el transcurso del Ciclo Escolar deben cumplir con la entrega de las documentales pertinentes para su correcto funcionamiento, misma que se apegará estrictamente a la norma jurídica que los rige, siendo una obligación tener bajo su resguardo y a disposición de la Autoridad Educativa, el original de la documentación autorizada por el Nivel educativo.

Para dar cumplimiento a esta encomienda institucional, el día de hoy el Mtro. Ricardo Mirón Huesca, Subdirector de Supervisión Escolar, así como funcionarios de esta Subdirección, sostuvieron una reunión de trabajo para abordar temas relacionados con el buen funcionamiento de las escuelas particulares dependientes de esta Dirección.